Certificado Covid o una prueba diagnóstica para entrar en locales de restauración, ocio nocturno y esparcimiento de Andalucía

20-12-2021

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publica la orden de la Consejería de Salud y Familias que establece la obligación de presentar un certificado de vacunación, un test con resultado negativo o un certificado de recuperación para poder acceder al interior de los locales de restauración, ocio nocturno y esparcimiento a partir de este lunes y hasta el próximo 15 de enero.

Esta medida afecta a las personas mayores de 12 años la prueba diagnóstica podrá ser emitida por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado. El documento que se presente tendrá que acreditar que la persona ha recibido la pauta completa de una vacuna contra el covid 19; que dispone de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos, o que se ha recuperado de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses.

Es imprescindible, para acceder a estos establecimientos, que las personas usuarias acrediten documentalmente tanto su identidad como la concurrencia de cualquiera de las tres circunstancias referidas. Los locales colocarán con un cartel informativo sobre el carácter necesario de esta documentación para el acceso, así como sobre la no conservación de los datos personales sanitarios acreditados

Obtener el pasaporte covid

La Consejería de Salud ha informado de que el certificado covid se puede obtener a través de ClicSalud+, la aplicación móvil Salud Andalucía y el Ministerio de Sanidad, y también en el centro de salud o mediante la presentación electrónica de la solicitud.

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